El Comité de Crisis de Villa la Angostura informa que este sábado se notificó un caso confirmado de COVID-19, el primero en la localidad.
Se trata de un paciente, que se encuentra estable y en buen estado general. Es un caso importado ya que toda la familia llegó de uno de los países considerados de riesgo, y al arribar a la localidad, desde el primer día, quedaron totalmente aislados en su domicilio bajo las indicaciones del personal del Hospital Dr. Oscar Arraiz. Al momento de presentar sintomatología, se encontraba junto a su familia cumpliendo el aislamiento obligatorio.
Además, se informa que hay un caso sospechoso en aislamiento a la espera de los resultados de laboratorio.
Por otro lado, un total de 23 personas en la localidad se encuentran cumpliendo el aislamiento establecido por las autoridades sanitarias.
Cabe destacar que desde el comité se brinda la información que corresponde dar para comunicar a la población, preservando al máximo la identidad de las personas con el fin de dar cumplimento al marco legal establecido. Es por ello que no se detallan datos más precisos que permitan identificar a las personas y familias que posiblemente hayan sido afectadas por el virus. Todos los casos están siendo monitoreados por las autoridades competentes de acuerdo con los protocolos establecidos.
El Municipio pide tranquilidad a la población al mismo tiempo que asegura que se dio cumplimiento al protocolo sanitario correspondiente al COVID-19.
Aprovechando la oportunidad para reforzar a la comunidad el pedido excluyente de permanecer en sus casas y sólo salir una persona del núcleo familiar y ante situaciones de necesidad impostergables en materia de salud o alimentos.
Se recuerda mantener las medidas de higiene, lavarse las manos cada dos horas o bien utilizar alcohol en gel; higienizar las superficies con agua y lavandina y ventilar los ambientes.
En caso de presentar fiebre, dificultad para respirar o tos seca, permanecer en sus viviendas y comunicarse al teléfono 0800.333.1002
Es importante recordar que la Ley 2611, en su artículo 4°, inciso K, señala: “Los pacientes tienen derecho a la intimidad y confidencialidad de los datos. En correspondencia con este derecho el servidor público debe indefectiblemente guardar y preservar el secreto profesional”.