El Municipio de Villa La Angostura adhiere a la resolución provincial que autoriza a ampliar los criterios de circulación de personas en las vías públicas excepcionalmente durante el día domingo 28 de junio de 2020.
El horario exclusivo de circulación de personas en las vías públicas será hasta las 22:30 horas en aquellas localidades neuquinas que no tengan casos activos de COVID-19 al día de la fecha. En ningún caso esa circulación podrá exceder los límites departamentales fijados en el artículo 4º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 520 del Poder Ejecutivo Nacional.
Excepcionalmente, la circulación vehicular será entre las 08:00 y las 15:00 horas y la apertura de locales comerciales entre las 08:00 y las 22:30 horas.
Durante la vigencia del distanciamiento social, preventivo y obligatorio, las personas deberán observar las reglas de conducta generales establecidas en el artículo 5º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 520/20 del Poder Ejecutivo Nacional.
Aquellas actividades comerciales y reuniones autorizadas en el marco de lo dispuesto en los artículos 1º, 2º y 3º de la presente norma, y que requieran espacios físicos cerrados o semi-cerrados para su desarrollo, deberán observar estrictamente los límites de concurrencia y densidad de ocupación dispuestos en el artículo 7º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 520/20 del Poder Ejecutivo Nacional, así como la modalidad de reserva del espacio o de turnos prefijados.