Mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N 690/2020 publicado el día 21 de agosto del corriente año en el Boletín Oficial de la República Argentina se ha modificado la ley de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones N 27.078.

Asimismo, un punto sobresaliente del DNU es el que regula la suspensión de cualquier aumento de precios o modificaciones de los mismos establecidos o anunciados desde el 31 de Julio de 2020 y hasta el 31 de diciembre de 2020, quedando incluidos los servicios de televisión satelital por suscripción.

Es de destacar que la normativa dispone como autoridad de aplicación al Ente Nacional de Comunicaciones más comúnmente conocido con la sigla ENACOM. De esta forma será dicha autoridad de aplicación quien deberá dictar las normas complementarias necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente decreto. En idéntico sentido se aclara que los usuarios y consumidores ante cualquier aumento deberán presentar el reclamo al Ente Regulador (ENACOM).

Desde la Dirección Provincial de Protección al Consumidor se han diligenciado oficios a aquellas empresas prestatarias que están siendo objeto de reclamo de las y los consumidores Neuquinos, a efectos de que las mismas informen el por qué de los aumentos, la forma y la modalidad en que van a proceder a hacer la devolución de estos cargos cobrados indebidamente.

La oficina de Defensa del Consumidor destaca que: “Es fundamental que las y los ciudadanos neuquinos conozcan que existe una dirección electrónica de ENACOM www.tramitesadistancia.gob.ar para poder cargar los reclamos correspondientes”.

Ante cualquier duda, las y los consumidores pueden comunicarse con la línea 0800-222-2667 o por WhatsApp al 299-5958167 en provincia o en la municipalidad por WhatsApp al 2944-966658. Además, pueden ingresar al sitio web del organismo www.defensaconsumidornqn.gob.ar, a la página de Facebook: Defensa del Consumidor Neuquén o descargar la APP “Protección al Consumidor Neuquén” desde la Play Store de tu celular.